Veracidad de la publicidad

Objetivo: Obtener conocimiento sobre la publicidad.

El artículo 58 de la Ley 45 de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, indica que todo anuncio o aviso publicitario referente a las transacciones que trata este Título deberá ajustarse a la verdad, cuidando el anunciante de que no  se  tergiversen  los  hechos  y  que  el anuncio o la publicación no induzca a error o confusión.

¿Qué es la Publicidad?

La publicidad es un mensaje que informa de las características de los productos y servicios. Una publicidad puede llegar a través de diferentes medios de comunicación, como lo son, la televisión, la radio, las redes sociales entre otros.

Lo esencial de la publicidad es ofrecer toda la información a los consumidores, haciendo énfasis en la calidad, el precio o las características principales de los productos; para formar una imagen de la marca que se quiere vender.

 

Promoción

Por su parte una promoción lo que intenta, es llevar a los consumidores en muchos casos por el impulso, a adquirir los artículos promocionados para lo cual, ofrecen ventajas adicionales por eso hoy día vemos que al darse a conocer un producto, se ofrece ciertos valores agregados al producto promocionado.

¿Qué busca la Publicidad?

 La publicidad busca crear una necesidad en el consumidor, de tal forma que logra persuadirlo, para que en muchas ocasiones adquiera un producto o servicio que no necesita y que en ocasiones puede inducir al error o confusión al consumidor, afectando su comportamiento de compra.

 

¿Qué debe indicar la publicidad?

 

La publicidad deberá indicar, claramente, las condiciones de las ofertas, promociones, rebajas, descuentos, condiciones especiales o circunstancias análogas que se ofrecen.

Todo anunciante está obligado a cumplir lo ofrecido en los términos contenidos en el aviso publicitario.

No se permitirán anuncios de artículos que den a entender que el producto tiene cualidades, características o beneficios de los que carece.

 

¿Qué es la Publicidad Engañosa?

 

La publicidad engañosa es aquella que refiere características o información relacionada con algún bien, producto o servicio, que inducen a error o confusión por la forma inexacta, limitada, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.

 

Dentro de un concepto muy amplio abarca la omisión de información, atribuciones exageradas o falsas a cerca del producto o servicio, ventajas, beneficios y características de los que carece y hasta presentar precios más atractivos de lo que realmente son.

 

Algunas Formas de Publicidad Engañosa:

 

Muchas veces hemos tenido una mala experiencia al adquirir un producto o servicio; y en la mayoría de los casos es el resultado de un mensaje equivocado o alejado de la verdad, por lo que nuestra elección se verá afectada como producto de una publicidad engañosa.

 

A continuación, se detallan algunos ejemplos y formas que son o pueden ser considerados (dependiendo de las leyes de cada país) como publicidad engañosa:

 

  • Hay mensajes publicitarios que incluyen frases como “oferta válida hasta agotar existencias” u “la empresa no se hace responsable de errores tipográfico”. Ambos pueden ser considerados como limitación de la oferta poco clara y confusa para el consumidor, que queda totalmente sometido a la interpretación unilateral del agente económico.

 

  • Utilización de letra pequeña, ilegible o diminuta en los anuncios, con la intención o no, que el destinatario no los perciba, aún cuando la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, establece en su normativa como mínimo 1.8 mm de altura, en cuanto al tamaño de la letra, en la utilización de las leyendas insertas en las pautas publicitarias.

 

  • Omisión de datos fundamentales que puedan influir en la decisión del consumidor, por ejemplo, las condiciones o

 

  • Realización de promesas que luego no se cumplen, por ejemplo, la promesa de “entrega en 30 minutos a domicilio”, “gratis”, bajar de peso, ahorro en

 

  • Exageraciones acerca de los beneficios del producto; por ejemplo, aquellos mensajes de ciertos productos que supuestamente curan o previenen un sin número de enfermedades de forma efectiva, o, aquellos productos que tratan la obesidad sin necesidad de dieta o

 

 

¿Qué tener en cuenta al momento de determinar comprar un producto o servicio?

 

  1. Exija siempre del vendedor información suficiente antes de comprar.

 

  1. Guarde facturas y garantías, son las herramientas que tenemos para hacer una reclamación. Además, si puede, conserve la caja por un tiempo adecuado, ya que algunas empresas lo requieren.

 

 

Es su derecho como consumidor que la publicidad no lo induzca a engaño y que lo que anuncia o promete se cumpla y sea posible de comprobar.

 

  • Si el producto adquirido no cumple con los atributos descritos, es su derecho reclamar directamente ante el proveedor donde realizó la compra. Si no obtiene respuesta o ésta es insatisfactoria, puede recurrir a la ACODECO, para interponer su
  • En los casos de publicidad engañosa, la Ley establece la suspensión y rectificación de la

 

Testimonio en anuncios publicitarios

 

Los anuncios publicitarios que se basen en testimonios deben ser ciertos y auténticos. La Autoridad podrá solicitar a los proveedores la identificación, el domicilio y las generales de las personas que ofrezcan su testimonio, a fin de que pueda ser comprobado.

 

¿Quién es el principal responsable?

 

  • Las empresas deben ser responsables con la venta de los productos. Cualquier incumplimiento en las promesas publicitarias o que se le atribuya a un producto características de las cuales

 

Es importante saber que como consumidores tenemos deberes y derechos y es responsabilidad del consumidor no dejarse llevar por la publicidad, leer toda la información que se le proporcione, leer el rotulado de los productos y no tentarse con promesas que parecen demasiado increíbles para ser verdad.